La mayoría de las personas necesitan un testamento para garantizar que su patrimonio se disponga de acuerdo con sus deseos y para otorgarle a su albacea poderes específicos que faciliten la administración del patrimonio. Si una persona muere sin testamento, el Código de Virginia dicta quién recibirá el patrimonio de la persona, y es muy posible que el difunto desee tener una disposición alternativa a la que dicta la ley. Al utilizar un testamento, también puede abordar la cuestión de retrasar la transmisión de la propiedad a los herederos más allá de los 18 años y hasta que alcancen un cierto grado de madurez.
El Código de Virginia dicta la disposición de su propiedad. Esta disposición legal puede ser contraria a la forma en que desea que se distribuya su patrimonio. Además, alguien tendría que estar calificado como administrador de su patrimonio, y usted no tiene ningún control sobre quién puede ser esta persona. Con un testamento, usted designa quién se encargará de su patrimonio.
Un poder notarial es una concesión de autoridad a una persona durante su vida para que actúe en su lugar si usted no está disponible o se encuentra incapacitado. Si no tiene un poder notarial y queda incapacitado durante su vida, alguien tendría que solicitar al Tribunal que se convierta en su tutor y curador. Usted no tendría ninguna posibilidad de decidir a quién puede aprobar el Tribunal como su tutor y curador.
La respuesta general es no.
Una directiva médica anticipada es una instrucción escrita que indica que, si usted padece una enfermedad terminal en la que la aplicación de procedimientos para prolongar la vida solo prolongaría artificialmente su proceso de muerte, entonces usted ordena que se le abstengan dichos procedimientos, que se le permita morir de forma natural y que solo se le administren los medicamentos necesarios para aliviar el dolor o brindarle comodidad. Además, una directiva médica anticipada es el nombramiento de un agente de atención médica para que tome decisiones médicas por usted durante su incapacidad.